Responsables de becarios y pasantes deberán presentar escolaridad y calidad de estudiante
La Dirección Sectorial de Gestión Humana, en aplicación a lo dispuesto en los Arts. 5.6 y 5.7 de la Circular N° 36/2020 “Reglamento de Pasantes y Becarios” (Resolución N° 44 del Acta N° 55 de fecha 08/09/2020) de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), solicita: