Disposiciones para docentes que integren mesas de votación
El Consejo Directivo Central por Resolución N° 2308/024, Acta N° 34 del 2/10/24 dispuso que los funcionarios docentes de la Administración Nacional de Educación Pública designados para actuar en las Comisiones Receptoras de Votos de las Elecciones Nacionales y Balotaje a realizarse el próximo 27 de octubre y el 24 de noviembre de 2024, respectivamente podrán optar por el goce de 5 días de licencia si son titulares y 2 días de licencia en caso de ser suplentes, o percibir el pago de una partida por única vez equivalente a $ 4.120 nominales para titulares y $ 1.648 nominales para aquellos que se desempeñen como suplentes en cada una de las instancias electorales.