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Plan de Licencia Anual Reglamentaria deberá ser enviado antes del 8 de diciembre de 2023

Publicado: 
27/11/2023

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El Departamento de Personal de la Dirección Sectorial de Gestión Humana de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), recuerda las disposiciones vigentes respecto al usufructo de la Licencia Anual Reglamentaria (LAR), en función de lo establecido en el Estatuto del Funcionario No Docente.

Art. 32 del EFND: “Plan Anual de Licencias. Las Direcciones y Jefaturas dispondrán, antes del 1° de diciembre de cada año, los turnos sucesivos en que deberán acordarse los descansos anuales, estableciéndose que, de existir períodos preferenciales para la mejor marcha de los servicios, estos deberán alternarse entre los funcionarios, contemplando, con prioridad las necesidades del servicio y atendiendo en lo posible los intereses de los funcionarios.

En caso que el funcionario no haga uso de la licencia por aplicación del Art. 27 del Estatuto o por causas debidamente justificadas por el funcionario, el Jefe deberá efectuar la comunicación correspondiente ante la Oficina de Personal (…)”.

Se solicita enviar el Plan Anual de Licencias hasta el 8 de diciembre de 2023 (como último plazo).

A los efectos previstos precedentemente, deberá estarse a lo establecido en la Circular 1/2017, mediante la que se recuerda a los funcionarios no docentes de la ANEP, y de acuerdo a la normativa vigente, que los días de LAR deberán hacerse efectivos en un solo período continuado; y que solo se autorizará la división de la licencia en dos períodos de diez días hábiles, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 26.1.

*Por resolución 3281/023, acta 40 de fecha 8 de noviembre de 2023 el Consejo Directivo Central dispuso que las licencias al amparo de los artículos 26 y 26.1 del EFND pendientes del 2021 podrán ser usufructuadas hasta el mes de junio de 2023, por lo que se insta a los funcionarios a hacer uso de estas licencias en primer lugar.

Comunicado Nº 127/023