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ANEP incorporó a sus estatutos derechos establecidos por Ley
El Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) dispuso la incorporación de los derechos establecidos en el Artículo 40, inciso A, B y C de la Ley N° 19.580, de fecha 22 de diciembre de 2017, "Violencia hacia las mujeres basada en género", a los Estatutos Funcionales del organismo.
Los mencionados incisos establecen el derecho a:
A) Recibir el pago integro de su salario o jornal el tiempo que conlleve la asistencia a audiencias, pericias u otras diligencias o instancias administrativas o judiciales que se dispusieran en el marco de los procesos previstos en el Capítulo IV de esta ley.
B) Licencia extraordinaria con goce de sueldo por el lapso de veinticuatro horas a partir de la presentación de la denuncia en sede policial o judicial, prorrogables por igual período para el caso en que se dispusieran medidas cautelares en sede judicial.
C) A la flexibilización y cambio de su horario o lugar de trabajo, siempre que existiera la posibilidad y así lo solicitara.
Montevideo, 8 de octubre de 2024
Dirección de Comunicación Institucional